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viernes, 10 de mayo de 2013

Artículo 2. El derecho al ACCESO y PROTECCIÓN a la salud según la Ley General de Salud (1984)


Artículo 2 de la Ley General de Salud
 
El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:
 
El bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades;
 
La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana.
 
La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social
 
La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;
 
El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población;
 
El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y el desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.
 
CÁMARA DE DIPUTADOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Ley General de Salud,  Art. 2.

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