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lunes, 6 de mayo de 2013

El derecho a la salud, segunda parte. La práctica del derecho a la salud



EL DERECHO A LA SALUD/2.


(Consulta antes -->> la primera parte)

Si bien desde el mismo texto constitucional se reconocen tanto el derecho a la salud como la garantía de protección de ésta por el Estado, en la práctica el derecho a la salud es uno de los derechos básicos y fundamentales para la vida humana más lesionado en México. 

Las siguientes limitantes restringen el acceso y la atención de las minorías sexuales y personas seropositivas en los servicios en este país:


1. Condicionantes económicos: si bien en teoría todos los habitantes de este país tenemos acceso a los servicios de atención primaria y atención especializada del VIH-sida y enfermedades oportunistas y ligadas a dicho síndrome, en la realidad todavía siguen pesando mucho los condicionantes económicos.



Así, en el Instituto de Nutrición, incluso teniendo el Seguro Popular, solo dan los tratamientos de forma gratuita: los demás (consultas a médicos, especialistas y análisis de laboratorio) lo tienes que pagar de tu propio bolsillo…si es que tienes y si no, pues, aguántate, en este país lo prioritario en el problema de la atención y prevención al Vih-sida, es vendernos el tratamiento, al menos eso parece dada la falta de respeto al principio de integralidad de tales prácticas clínicas (separación de la atención médica, prevención y tratamientos por un lado, y énfasis en el aspecto farmacéutico más que en los aspectos sociales, económicos, emocionales, segundarios en la atención a pacientes con VIH y sida).  



2. Largos e inentendibles protocolos para la integración del sujeto/paciente a un servicio de salud tras su detección, otra vez, está limitante se transforma a menudo en real restricción para algunos sectores sociales, en particular las transexuales y las poblaciones más pobres y con menor educación. La primera limitante lleva y alimenta la siguiente.



Los largos protocolos, la burocracia, los viajes de una institución a otra para obtener la prueba confirmatoria, luego el Seguro Popular en caso de no tener seguro social, implican una tardanza que puede ser dramática para las personas con VIH, y las desalientan a seguir el proceso de atención sanitaria, las llevan al descuido si no son apoyados por pares, amigos, y familiares.



3. Racismo y etnocentrismo: es bien reconocido que la población indígena no accede a la mayoría de los servicios mínimos de salud debido a la inadaptación de los centros de salud, de la atención, de la prestación de servicios de salud, así como al racismo y etnocentrismo de los programas y del personal de salud.



El racismo también se dirige hacia personas extranjeras, a veces ligado al prejuicio de que los que vienen de fuera no deberían de aprovecharse de los limitados recursos de la sanidad pública de este país. La diferencia entre el extranjero y el indígena estriba en que todavía en este país no se han pensado políticas específicas de salud enfocadas a migrantes y residentes extranjeros, mientras que sí existen políticas públicas especiales para familias e individuos indígenas.



4. Los consorcios, convenios amistosos y la corrupción: los “consorcios” como los que vinculan las organizaciones “de la sociedad civil” vueltas acríticas y la Diplomada Andrea González, en este momento directora del Programa de VIH-sida de la Ciudad de México D.F en la Clínica dizque Especializada Condesa, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, y ahora, al parecer, el nuevo instituto de lucha institucional contra las discriminaciones en la capital, COPRED.

  Inauguran Modulo de DDHH en la CDHDF, en 2009, publicado en: http://condomovil.blogspot.mx/2009/11/inauguran-modulo-de-derechos-humanos-en.html


En el Distrito Federal, en donde se dan una proporción importante de los nuevos casos en el país, la lógica corrupta es simple: los ciudadanos pagamos, a través del Programa de VIH-sida de la ciudad de México de la Secretaría de Salud, un Modulo de Información de Derechos Humanos, llevado por una A.C., dirigida por algún cuate, escondido en una esquina de la Clínica dizque Especializada Condesa de la Ciudad de México, y cuya función principal es limitar las quejas. Su cometido real es evitar que denuncies los actos de discriminación y el no respeto frecuente de nuestros derechos humanos a la salud, a la salud integral, a la dignidad y a la confidencialidad, que se pueden, o podrían si lo dejasen, observar en la Clínica Condesa. Estas condiciones son parecidas a las que liga la Policía Preventiva de Tepito con los agresores, la cual, coludida o amenaza por los traficantes del lugar, prefiere avisarte de que, por tu seguridad o tu tranquilidad ni pongas denuncia.



Es decir: si finalmente presentas una queja en la Comisión de Derechos Humanos local, es bien posible que te la rechacen, arguyendo que no existe lesión de tus derechos humanos, protegiendo así a sus amigos de reuniones y conferencias de la Digna Ochoa, cuyos nombres heroicos de VIHvidores del VIH-SIDA sin ética profesional ni moral, como él de Arturo Díaz*, adornarán luego los pasillos y letreros de la Clínica CondesaMausoleos del silencio, del aprovechamiento económico y político del estigma, de la falta de denuncia, de la escuela dictatorial priista de cooptación y cuatísimo.


La corrupción y el mal uso de los -dicen- pocos fondos disponibles distribuidos por CenSIDA y los Fondos Mundiales, deriva en un descuido de las condiciones de atención y prevención. Los mismos que denuncian en sus fanzines la deriva de fondos y la falta de fondo ético de las atribuciones de Censida a los activistas del VIH-sida, solo quisieran poder hacer al nivel nacional lo que ya practican, con un total descarro y una arbitrariedad flagrante (ver la Carta que algunos periodistas firmaron hace unos meses), en el DF ! 
 

5. Discriminación y prejuicios motivados por el estatus serológico: la discriminación basada en el estatus serológico positivo del paciente, es decir, los tabues y prejuicios morales que orientan y asientan la práctica clínica desde los grandes hospitales hasta los centros de salud pueblerinos de este país, es un factor inhibitorio del acceso de la salud y del derecho a la misma de gran importancia en este país.



6. Discriminación motivada por la orientación sexual o la identidad de género: el derecho a la salud, el acceso a una atención del estatus serológico positivo, se halla fuertemente influenciado por las prácticas discriminatorias, de rechazo, desatención, negación del servicio, negligencia, que forman parte de la práctica cotidiana de la prestación de servicios en centros especializados de prevención y atención del VIH-sida (CAPASITS), del Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) o del ISSSTE. La estigmatización y el estigma terminan en maltrato, y pueden acabar con la muerte del/de la paciente. 


Como reconocen la OMS y ONUSIDA en su documento rector del Programa de VIH-sida a nivel mundial “Pruebas que datan de hace ya mucho tiempo indican que los hombres que tienen sexo con hombres y las personas transgénero afrontan obstáculos importantes a la hora de recibir atención sanitaria de calidad, debido al estigma generalizado contra la homosexualidad y la ignorancia acerca de la variación de género en la sociedad establecida y en los sistemas de salud. La discriminación social contra los hombres que tienen sexo con hombres y las perso­nas transgénero se ha descrito también como factor clave de la deficiente salud física y mental de estos colectivos en distintos entornos.” (OMS-ONUSIDA, 2010, p. 10).



Volveremos sobre cada uno de estos factores en la semana. Mañana hablaremos del Derecho a la Atención Integral.



Saludos integrales, positivos, preventivos, ¡y atentos!


Reno*

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