RicViv está en facebook:

sábado, 29 de junio de 2013

Why we fight, o por qué marchamos (1)

Hoy celebramos un año más en muchas ciudades del mundo, el aniversario del despertar político de las minorías sexuales. 
En México, pese a varios suspiros y rumores acerca de la corrupción del comité de organización de la Marcha Oficial e Histérica por la Diversidad Sexual, marchantes de colores y asistentes alegres púberes y admiradores, desfilaron al compas de músicas fieles al ambiente gay, cada uno en su salsa tecno-oide de movimientos fáciles y compulsivos, recuperando el espacio público para festejar este día de segregada y especializada tolerancia, de fiesta y ganancia económica, en el cual nos olvidamos un rato de los Tepiteños del Heaven, a los cuales se han estigmatizado por toda la red, o de la media docena de chavos que, un mes antes del secuestro de la Zona Rosa, en otro "antro-cuarto oscuro" del ambiente GBTT del norte de la ciudad, desaparecieron; o más aún de los dos jóvenes gays asesinados por policías en complicidad con el dueño del Living., en enero de este año 2013.
 
“Conocí en Arco Iris a una persona, que me dijo ´Si vas a abrir un boliche trata que el personal de seguridad te lo consiga Narcóticos (Maldonado y Paraguay)`. Fui, hablé y dije que iba a abrir Controversia y me mandaron uno. Al final eran 6 personas y venían a trabajar en sus horarios libres. Todo el mundo sabía que eran de Narcóticos. Tenía pavor a que entrara alguien a vender drogas y me ensuciara el boliche. Adentro tampoco había menores y solo había alcohol. Todos tenían un cachet por noche, que se le pagaba en sobres. Tenía la policía trabajando allí y cobraban.” 
Entrevista a Juan Colla, 27/2/2013, en SEMPOL, Diego, "Violencia policial contra la disidencia sexual", Seminario del Geipar, 2013.
"De esa forma, no puede sorprender el hecho de que cuando el presidente de la CHA, Carlos Jáuregui intentó promover el 13 de julio de 1985 entre los asistentes de Contramano una resistencia colectiva a la razzia que se estaba realizando en el local, muy pocos lo secundaron. La mayoría de los asistente, reaccionaron de la forma habitual, y se dejaron conducir a la Comisaría, sin oponer resistencia. Pudieron más las formas aprendidas de lidiar y gestionar este tipo de situaciones, el miedo a lo que se podía desencadenar si se desafiaba al orden policial, y sus formas de dominio".
SEMPOL, Diego, "Violencia policial contra la disidencia sexual", Seminario del Geipar, 2013.

No nos preguntamos tampoco si todas estas historias que han ido ocurriendo desde principios del año están conectadas con la orientación sexual de sus víctimas, o en cambio relacionadas con el resurgimiento de una represión policial, y de la corrupción en su máximo grado -el de la tortura institucionalizada y de la detención arbitraria generalizada - que llega a secuestra y a matar, aprovechándose de la vulnerabilidad de los jóvenes bisexuales, gays...o hetero-curiosos. 

Seguimos en campaña....y el jefe de gobierno defeño está presente para el desfile... y celebrando la "buena marcha" de la justicia (ver: Se arraiga a socio del Heaven). Cuerpos sin reclamar acompañan nuestras memorias....hasta el paraíso.
Los nuevos asesinatos en Mendoza:
En agosto de 1996, un extraño e inusual procedimiento policial fue efectuado por personal de la Delegación Mendoza de la Policía Federal Argentina en la discoteca "Queen". Los policías federales no detuvieron a ninguna persona. Sin embargo procedieron a la identificación de toda la concurrencia, realizando, a la vista de todos, una nómina completa de los asistentes.
En los siguientes diez días, dos personas que integraban ese listado fueron asesinadas. Las versiones periodísticas insistieron con la hipótesis de un comando organizado o brigada de moralidad.
En: Informe sobre las violaciones de derechos humanos de las minorías sexuales en la República Argentina (cuarta ed.), Comunidad Homosexual Argentina, Buenos Aires, 1998 (1993).

Ni tampoco estábamos cómo para plantear una charla sobre las razones que llevaron a tanta gente, en Francia, a declararse en contra de la ley del matrimonio entre personas del mismo sexo...y daba hueva recordarse las primeras manifestaciones de los entonces llamados Frentes Homosexuales de Acción Revolucionaria... en México D.F., París o Buenos Aíres....Eran otros tiempos, tiempos de razzias a comercios gays, corrupción entre famosos travestis, empresarios, políticos y comerciantes.
 
El segundo momento u ola, se produjo entre 1989 y 1991, momento en que se reactivan significativamente el número de detenidos denunciados, con una fuerte cresta en el primer año (674 detenidos denunciados) que decae a mediados de 1990, y se vuelve casi
insignificante durante 1991 y 1992. A partir de 1993 se abre una tercera etapa u ola que sigue hasta el fin del período abordado y continua mucho más allá de esta fecha en donde la denuncias se incrementan significativamente pero en su casi totalidad responden a la persecución policial sobre la población trans. Durante el período 1983-1991 la abrumadora mayoría de las detenidos denunciados fueron hombres (90,7%), en segundo lugar se ubican las travestis (6,5%) y en último lugar las mujeres (2,7%). Esta diferencia entre las identidades genéricas es clave y puede tener su explicación en una menor presencia de lesbianas en los espacios públicos debido a los patrones de genero, a una lesbosociabilidad construida sobre todo en los espacios privados, así como a la selectividad policial centrada en los hombres y las… ...
Sempol, 2013, acerca de la represión policial en contra de las minorías sexuales en los 80s y princopios de los 90, en:

 

Y no nos faltan, razones y motivos, sin embargo, para creernos algunas viejas asociaciones de ideas entre las ejecuciones de mujeres, travestis y transexuales y la corrupción e impunidad de los agentes del orden y de las fuerzas...armadas...
En países como México, Colombia y Argentina, las minorías sexuales6 han enfrentado el arresto arbitrario, la tortura y el asesinato. En Brasil, grupos paramilitares o escuadrones de la muerte han sido los responsables de la muerte de más de 1.200 hombres homosexuales y mujeres lesbianas desde 1982. En Nicaragua, Chile y Ecuador, la actividad homosexual constituye un crimen sujeto a largas condenas en prisión. A través de toda la región, las imprecisiones en la redacción de las leyes o las regulaciones policiales son utilizadas con frecuencia para detener a mujeres lesbianas y hombres homosexuales, sometiéndoles a diferentes formas de abuso, incluyendo la extorsión.

Durante los últimos años, gradualmente han ido surgiendo en algunos países latinoamericanos asociaciones de homosexuales y lesbianas quienes, como parte de la sociedad civil, han intentado presionar en defensa de sus derechos humanos más básicos.7 Este proceso comenzó con el fin de las dictaduras militares formales en la región, lo que en algunos casos permitió un mayor espacio para nuevas expresiones de la sociedad civil.
Al mismo tiempo, varios grupos eclesiales y de derechos humanos en América Latina, entre ellos colegas del ICCHRLA, han tomado mayor consciencia y han buscado exponer las violaciones cometidas en contra de las minorías sexuales. Tanto la Comisión Inter-congregacional de Justicia y Paz, en Colombia, como la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), del Ecuador, han documentado casos de detenciones arbitrarias, torturas y asesinatos de minorías sexuales en sus países. La Oficina de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de México ha denunciado el asesinato de transvestitas en el estado de Chiapas, mientras que el Centro Nicaragüense para los Derechos Humanos (CENIDH) se opuso firmemente a las enmiendas en 1992 del Código Penal Nicaragüense que penalizan los actos homosexuales. 

Comité Inter-eclesial de Derechos Humanos en América Latina (ICCHRLA), "La violencia al descubierto: represión contra lesbianas y homosexuales en América Latina" (1996), disponible en: www.choike.org/cgi-bin/choike/2009/esp/goto.cgi?ID=1491‎

Hasta los dientes iban....nos contó hace unos días Diego Sempol, en el Seminario del Geipar, el Grupo de estudios interdisciplinarios sobre el Pasado Reciente

La razzia es una vieja técnica policial que la Policía Federal utilizó en forma intermitente en Buenos Aires a partir de los años cuarenta contra, entre otros, la población homosexual (Sebrelli, 1995). En Montevideo por el contrario, fue una práctica que si bien tenía algunos antecedentes antes de la dictadura focalizadas sobre la población en situación de prostitución y algunas fiestas de homosexuales, prácticamente se inauguró de forma masiva en los años ochenta. Sempol, 2003.
La Recomendación 113/93, del 20 de julio de 1993, se envió al Gobernador del estado de Chiapas y se refirió al caso de la comunidad gay de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas y de los señores Martín Ramón Moguel López y Jorge Alejandro Gutiérrez Esponda. En el caso de la comunidad gay no se han integrado diversas averiguaciones previas iniciadas por el delito de homicidio, cometidos en agravio de miembros de dicha comunidad. Por su parte, los señores Martín Ramón Moguel López y Jorge Alejandro Gutiérrez Esponda fueron detenidos arbitrariamente, sin que existiera orden de aprehensión legalmente expedida, y consignados por el delito de homicidio. Se iniciaron en su contra los procesos penales 830/992 y 601-A/992, ante los jueces primero y segundo del ramo en Tuxtla Gutiérrez. La Comisión Nacional estimó que agentes del Ministerio Público y de la Policía Judicial incurrieron en detenciones ilegales e irregularidades procesales, CNDH, 1993.
Asesinatos, violaciones y otros actos de violencia discriminatoria

20. En todas las regiones se han registrado episodios de violencia homofóbica y transfóbica. Esa violencia puede ser física (a saber, asesinatos, palizas, secuestros, violaciones y agresiones sexuales) o psicológica (a saber, amenazas, coacciones...). Estas agresiones constituyen una forma de violencia de género, impulsada por el deseo de castigar a quienes se considera que desafían las normas de género.

21. Además de la violencia en las calles y otras agresiones espontáneas en lugares públicos, las personas a las que se considere lesbianas, gays, bisexuales o trans pueden ser objeto de abusos más organizados, en particular de extremistas religiosos, grupos paramilitares, neonazis y nacionalistas extremistas.Según la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), los delitos y los incidentes homofóbicos se suelen caracterizar por un alto grado de crueldad y brutalidad y comprenden palizas, torturas, mutilaciones, castraciones y agresiones sexuales

Asesinatos
24. Desde 1999, el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias se ha referido periódicamente a personas amenazadas de muerte o asesinadas debido a su orientación sexual o identidad de género27. El actual titular del mandato ha destacado recientemente los asesinatos de al menos 31 personas lesbianas, gays, bisexuales y trans en Honduras durante un período de 18 meses....
Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Presentado al Consejo de DDHH, 17 de noviembre de 2011
A/HRC/19/41
Leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género.
 

Se leyeron comunicados, se convocaron mentes y bocas al unisono, se soñó, sueñó, lo ya conocido y lo más creativo, se repitió el cansancio... algunos, aburridos de tanta fiesta y aguados por las nubes cercanas, nos planteamos, una vez más, ¿por qué marchamos? ¿por qué protestamos? (veáse: por ejemplo acá o allá)  sin respuestas y con dudas...

viernes, 28 de junio de 2013

Palabras del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

El artículo 12.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece que “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”. 

Sin embargo, en su observación general sobre el artículo 12, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales manifestó:
 
"El derecho a la salud no debe entenderse como un derecho a estar sano. El derecho a la salud entraña libertades y derechos. Entre las libertades figura el derecho a controlar su salud y su cuerpo, con inclusión de la libertad sexual y genésica, y el derecho a no padecer injerencias, como el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratamientos y experimentos médicos no consensuales. En cambio, entre los derechos figura el relativo a un sistema de protección de la salud que brinde a las personas oportunidades iguales para disfrutar del más alto nivel posible de salud." 

Observaciones sobre el Artículo 12 del Comité. 

martes, 25 de junio de 2013

Se acaba...

Se acaba el aniversario de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que fundió el CONAPRED en México, y a lo largo de esta semana iremos publicando algunas notas restropectivas y retroactivas (se publicarán con fechas anteriores), a manera de salida de este Primer Bimestre de Lucha contra las Discriminaciones, Violaciones de Intimidad dy del Derecho a la Salud, Desinformación acerca del estado de salud, Desapariciones de Expedientes y otras Crónicas íntimas de la Salud Pública y de la (des)Atención médica del VIH-sida en México D.F. en el marco del desProgramaDo de VIH/sida local.

Saldremos, pues, más viHvos, y con DerecHos Re-conocIdos, para avanzar en las futuras etapas, civiles y políticas de este combate... 

En las próximas semanas, y tras un descanso merecido, iremos analizando otros contextos nacionales de la llamada "respuesta" al VIH sida y de sus "impactos".

Saludos positivos,

R*c+V*h


lunes, 24 de junio de 2013

Los asesinatos en los informes de derechos humanos latinoamericanos...



.....Esto es un avance del informe sobre asesinatos y crímenes de odio en razón de la orientación sexual o identidad de genéro.

DOCUMENTACIÓN DE LOS ASESINATOS EN LATINOAMÉRICA

En América Latina la noción “crimen de odio” se adoptó principalmente para describir a los homicidios en contra de las minorías sexuales y, de manera más limitada, indígenas. Por las fechas de las publicaciones, se deduce que la introducción del concepto ha sido protagonizada en primera instancia por el Grupo Gay de Bahía y Luiz Roberto Mott, historiador de la Universidad de Salvador de Bahía, quien escribió algunos artículos sobre la historia de represión de la homosexualidad en América Latina, y coordinó los distintos informes del grupo las violencias y discriminaciones hacia transexuales, homosexuales, bisexuales de Brasil, desde mediados de los años noventa. 

El Grupo Gay de Bahía, formado en 1980, empezó a documentar y archivar notas encontradas en la prensa nacional y local de Brasil acerca de agresiones, violencias y homicidios ejecutados contra personas homosexuales y transexuales desde sus inicios. El grupo dedicaba una sección de su boletín a los homosexuales que habían sido asesinados con una lista de éstos por nombre, edad, profesión, dirección y causa de muerte (Mott-GGB, 1996).
En su informe sobre discriminaciones y violaciones de derechos humanos de personas homosexuales y transexuales del año 1996, recopila todos los casos de homicidios hallados desde 1980: se trataría del mayor material recolectado sobre crímenes por homofobia en América Latina, reflejando los asesinatos de 1260 crímenes de homosexuales, travestís y lesbianas entre 1963 y 1994 (Mott-GGB, 1996).
En otros países latinoamericanos, tales como en Argentina, Bolivia, Perú, Venezuela, se han ido censando homicidios perpetuados en contra de las minorías sexuales desde los años 80, en algunas ocasiones su frecuencia se relaciona con los conflictos armados, las personas LGBT siendo a menudo victimadas de abusos y arbitrariedades por parte de las propias autoridades policiales y militares, siendo reforzadas las situaciones de vulnerabilidad por el propio conflicto bélico. En Honduras, en Ecuador, la escasez de registro y la estigmatización implican una subestimación del fenómeno.

En México, la documentación de estos homicidios remonta a los trabajos de recopilación de notas de prensa de Ignacio Álvarez y otros integrantes del FHAR (Frente Homosexual de Acción Revolucionaria), archivo devenido el CIDHOM (Centro de Información y Documentación sobre las Homosexualidades de México) y al alojado en el Colectivo Sol A.C. desde finales de los años 70 hasta 2012, fecha en que el amplio acervo documental sobre agresiones, abuso policial y homicidios perpetuados en contra de personas lesbianas, transexuales, travestis, gays y bisexuales, pasó a integrar el Centro por la Memoria de Nuestra América (CAMeNA), de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM). 

En Perú, el grupo Raiz Diversidad 2 por una parte, y el Movimiento Homosexual de Lima, por otra, empezaron a documentar los crímenes a partir del años 2004, a la vez que fueron denuncian las masacres y la represión masiva de las minorías sexuales por diversos grupos durante los años 80 y principios de los 90.

Sin embargo, en sus informes, tanto el Grupo Gay de Bahía (1996, 2000, 2008) como la CCCCOH (1999; 2005) y el Movimiento Homosexual de Lima, no diferencian entre los asesinatos de personas LGBT recopilados y los crímenes de odio por homofobia. Además, a menudo en la presentación y la comunicación de los resultados de dichas investigaciones, se confunden estimaciones con hallazgos, distorsionándose aún más las realidades homicidas.

sábado, 22 de junio de 2013

Las responsabilidades del director del establecimiento de salud: Artículos 19 y 242 del Reglamento de la LGS en Materia de Prestación de servicios de Atención Médica




Las responsabilidades del director del establecimiento de salud:
Artículos 19 y 242 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de servicios de Atención Médica

Según el Artículo 19 del Reglamento de la Ley General deSalud en Materia de Prestación de servicios de Atención Médica (1986), el cual viene desarrollando lo dispuesto en los primeros artículos de la Ley General de Salud y es vigente en toda la República Mexicana, los responsables de los establecimientos de atención médica y salud tendrán, entre otras responsabilidades, las siguientes:



“ARTICULO 19.

I.- Establecer y vigilar el desarrollo de procedimientos para asegurar la oportuna y eficiente prestación de los servicios que el establecimiento ofrezca, así como para el cabal cumplimiento de la Ley y las demás disposiciones aplicables;


II.- Vigilar que dentro de los mismos, se apliquen las medidas de seguridad e higiene para la protección de la salud del personal expuesto por su ocupación;


III.- Atender en forma directa las reclamaciones que se formulen por irregularidades en la prestación de los servicios, ya sea las originadas por el personal del establecimiento o por profesionales, técnicos o auxiliares independientes, que en él presten sus servicios, sin perjuicio de la responsabilidad profesional en que se incurra.”

(…).


Según precisa el Artículo 242 del mismo reglamento, 
"Se sancionará con multa equivalente hasta de veinte veces el salario mínimo general diario, vigente en la zona de que se trate, la violación de las disposiciones contenidas en los Artículos 12, 18, 19 Fracción IV, 23, 24, 25, 29, 3O, 32, 36, 45, 63, 9O, 91 y 92 de este Reglamento."

  Reglamento de la Ley General deSalud en Materia de Prestación de servicios de Atención Médica (1986).